ERE y ERTE

Abogado Experto en Expedientes de Regulación de Empleo: ERE y ERTE

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Soy David Navarro Abogado Laboralista, Experto en Expedientes de Regulación de Empleo tanto de carácter permanente (ERE) como de carácter temporal (ERTE).

El conocimiento exhaustivo de ley así como la capacidad de negociación, tanto si trabajo en representación de la empresa como si lo hago para los representantes de los trabajadores, me han permitido realizar con éxito más de 140 Expedientes de Regulación de Empleo. Acomodando la plantilla a la situación productiva real de la empresa, defendiendo los intereses de las empresas a las que he representado y respetando los derechos de los trabajadores.

¿Qué es un ERE: Expediente de Regulación de Empleo?

Soy David Navarro Abogado Laboralista, Experto en Expedientes de Regulación de Empleo tanto de carácter permanente (ERE) como de carácter temporal (ERTE).

El conocimiento exhaustivo de ley así como la capacidad de negociación, tanto si trabajo en representación de la empresa como si lo hago para los representantes de los trabajadores, me han permitido realizar con éxito más de 140 Expedientes de Regulación de Empleo. Acomodando la plantilla a la situación productiva real de la empresa, defendiendo los intereses de las empresas a las que he representado y respetando los derechos de los trabajadores.

Periodo de Consultas del procedimiento de Expediente de Regulación de Empleo

La Comunicación del Periodo de Consultas la hará el empresario por escrito a los representantes de los trabajadores y en ella se incluirá la información necesaria que el empresario debe suministrar a los representantes de los trabajadores con el fin de garantizar el conocimiento de las causas que originan el procedimiento y permitirles participar en su solución.

Esta documentación es:

  • Especificación de las causas del despido colectivo conforme a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
  • Clasificación profesional y número de los trabajadores afectados.
  • Clasificación profesional y número de los trabajadores empleados habitualmente durante el último año desglosados por centro de trabajo.

Y además deberá acompañarse según la causa alegada la siguiente documentación:

  • En el caso de despidos colectivos por causas económicas: El Plan de recolocación Externa de los procedimientos de despido colectivo (obligación legal e indeclinable del empresario) garantizando su efectividad y cumplimiento. .

Entre esta comunicación y la primera reunión del periodo de consultas debe transcurrir al menos 1 día.

Durante el periodo de consultas las actuaciones de la autoridad laboral, la Seguridad Social y la Inspección de Trabajo deben ser no solo de advertencia y recomendación sino también de mediación y asistencia cuando sea conveniente para solucionar los problemas derivados del despido colectivo.

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Comunicación del inicio del Expediente de Regulación de Empleo (ERE) a la Autoridad Laboral

El empresario debe hacer llegar a la autoridad laboral el escrito de apertura del Periodo de Consultas con el resto de la documentación.

El Informe para la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social deberá versar sobre:

  • La comunicación empresarial de extremo a extremo.
  • El cumplimiento del periodo de consultas y los criterios tenidos en cuenta para la selección de los trabajadores afectados por el despido con la finalidad de garantizar que la empresa no incurra en discriminación prohibida.
  • El contenido del plan de recolocación externa y las medidas sociales de acompañamiento.
Documentación requerida por la autoridad laboral en un Expediente de Regulación de Empleo (ERE)
  • Copia del escrito de comunicación de apertura del periodo de consultas del empresario a los representantes de los trabajadores.
  • Copia del escrito de solicitud de informe del comité de empresa que indica las reestructuraciones de plantilla, ceses totales o ceses parciales, ceses temporales o ceses definitivos o reducciones de jornada.
  • Composición de la representación de los trabajadores y de la comisión negociadora de suspensión de contratos o reducción de jornada. Si se trata de varios centros de trabajo si se va a realizar la negociación de manera global o diferenciada por centros de trabajo, indicar cuáles serán los centros de trabajo sin representación unitaria, escrito informado de la designación de representantes o las actas relativas a la atribución de la representación de la comisión.
  • En el supuesto de que el despido colectivo afecte a trabajadores mayores de 55 años que no tengan condición de mutualistas, relación de los mismos, para lo que la empresa tiene la obligación de abonar las cuotas destinadas a la financiación de un convenio especial.
Finalización del Procedimiento de Expediente de Regulación de Empleo (ERE)

El procedimiento finaliza cuando la empresa comunica la decisión empresarial a los representantes de los trabajadores y a la autoridad laboral. A partir de este momento la empresa podrá empezar a notificar los despidos a los trabajadores afectados respetando el plazo de 30 días desde el inicio del despido colectivo y respetando también las prioridades de permanencia de algunos colectivos tal como establece la norma.

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