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Normativa sobre el Registro Horario de Trabajadores

Información sobre la normativa vigente

El registro de las horas de trabajo es una obligación que se ha establecido desde el año 2012 para los contratos a tiempo parcial (sí, 2012) y para los contratos a tiempo completo desde el año 2019.

Para los contratos a tiempo parcial es obligatorio el registro de las horas de trabajo, el trabajador y la empresa pueden firmar de común acuerdo un anexo de horas complementarias, pudiendo realizar más horas de trabajo de las establecidas en el contrato a tiempo parcial y reflejando dichas horas en el anexo en el que también constará el registro de las horas establecidas por el contrato a tiempo parcial.

El pacto de horas complementarias obliga al trabajador a cumplirlo, no obstante puede presentar en cualquier momento su decisión de dejar de prestar dichas horas con un preaviso de 15 días, este preaviso puede verse modificado por Convenio colectivo.

¿Qué son horas complementarias?, las horas complementarias son las horas que puede realizar un trabajador con contrato a tiempo parcial siempre y cuando no alcance el total de horas que realizaría si estuviese contratado a tiempo completo. Las horas complementarias se pagan al mismo importe que la hora ordinaria de trabajo y por tanto, el cálculo del precio de las horas complementarias en contratos a tiempo parcial será el mismo que resulte de dividir el salario anual por convenio colectivo que tenga establecido entre el total de las horas anuales que el trabajador tiene establecidas en su contrato a tiempo parcial.

El registro de horas a tiempo parcial y el registro horario de los trabajadores a tiempo completo es obligatorio y se debe de registrar mes a mes, siendo firmado por el trabajador y la empresa, quedándose cada uno de ellos con la copia correspondiente.

Hay que tener mucho cuidado con el registro de horas en la empresa, puede ser despedido por no cumplir con los fichajes de entrada y salida del puesto de trabajo. De igual forma, si tiene sospechas o sabe que los registros horarios están siendo manipulados por la empresa o que le obligan a firmarlos, consiga evidencias de los mismos para posibles reclamaciones posteriores.

Por David Navarro
Abogado Laboralista. Colegiado nº 122.875 del ICAM

David Navarro
Abogado laboralista

910 563 780

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